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Por último, el dia 27 de Junio, hallándose Don Fernando en Villafáfila, y el archiduque en Benavente, aquel monarca «resolvió contemporizar con las circunstancias, y resignarse y ceder á ellas,» ordenando al arzobispo Jimenez de Cisneros, que redactase la nueva Concordia entre los dos Reyes, con las cláusulas siguientes:

«Que Don Fernando renunciaba á la regencia y gobierno del reino en sus hijos Don Feli-. pe y Doña Juana;

>Que hallándose ésta incapacitada para ejercer todo acto de gobierno, su esposo habia de ser exclusivamente el encargado de la direccion de los asuntos públicos;

de los hombres políticos que hoy se llaman resellados: en vida de Isabel I, logró varias mercedes; luégo, por pasarse al partido del archiduque, éste le restituyó un privilegio importantísimo, cual era el de celebrar feria franca en su villa de Villalon; más tarde, por arrimarse al partido del Rey Católico, y porque cesara en su oposicion, se le dió la villa y fortaleza de Castrotorafe.

Estuvo casado con Doña Ana de Velasco y Herrera, y ambos consortes fundaron en Zamora, en 1517, el hospital de Nuestra Señora de la Piedad, «porque Nuestro Señor (dice la inscripcion votiva) la aya de sus ánimas."

EL CARDENAL JIMENEZ DE CISNEROS. 7

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>Que si la reina Doña Juana, continuando en tal situacion, intentase a'gun dia ejercer actos de gobierno, se obligaban los dos reyes á auxiliarse mútuamente para impedirlo.>

Esta Concordia de Villafáfila (inexplicable para algunos críticos, pero que tiene, á nuestro juicio, explicacion bien sencilla: la esperanza en mejores tiempos, que se realizó bien pronto) fué firmada por el rey Don Fernando y remitida inmediatamente al archiduque.

Pero aquél tuvo la prevision de firmar tambien, ante testigos de su mayor confianza, una protesta secreta, en la cual expresaba su deci dida resolucion de volver á tomar las riendas del gobierno tan pronto como pudiese; y algunos dias despues, el 1.o de Julio, remitió un Manifiesto á las principales ciudades de Castilla, declarando, por el contrario, «que libre y es pontáneamente habia renunciado sus derechos y facultades en favor de Doña Juana y Don Fe lipe, segun habia pensado hacerlo en cuanto sus hijos llegasen á España» (1).

Así quedó por entonces el reino de Casti

(1) Concordia y Manifiesto pueden leerse íntegros en Zurita, Historia del rey Hernando, lib. VII, capítulo VIII, y en Coleccion de documentos, tomo XIV, página 297.

Ila en poder del codicioso, imprudente é inex perto Don Felipe de Austria, apellidado el Hermoso; y el rey Don Fernando, al retirarse á sus Estados de Aragon para dirigirse á Nápoles, apénas llevó la humilde compañía de algunos antiguos servidores.

¡Tan cierto es que en la mudable condicion humana tienen poco asiento la gratitud y la dignidad!

CAPÍTULO VII.

Prevision de Isabel la Católica.-Los flamencos en España. -Don Felipe de Austria, y Cisneros.-Un caso notable de energía. La córte de Búrgos.-Enfermedad del rey Don Felipe, Datos nuevos, sacados del archivo de Búr. gos.-Muerte de Don Felipe.-Dolor de Doña Juana.

I.

El testamento de Isabel Católica, otorgado y dictado enteramente por la excelsa Reina mes y medio antes de su fallecimiento, cuando ya veia acercarse, con la serenidad del justo y la firme esperanza de verdadera creyente, el fin de su vida, es la demostracion más insigne de la grandeza de alma de aquella incomparable señora, de sus altas dotes de gobierno, de prevision, de prudencia, y, sobre todo, de sus sen

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timientos de noble y ferviente patriotismo (1).

Estaba persuadida de la desgraciada incapacidad de su hija Doña Juana, la Reina propietaria de Castilla despues de su muerte; conocia profundamente el carácter altivo, ambicioso, díscolo de su yerno, el archiduque Felipe; conocia tambien el amor y el respeto de los castellanos á sus antiguos usos y costumbres, y la enérgica decision de todos, magnates y pueblo, con rarísimas excepciones, de no sufrir ni consentir abusos y trasgresion de las leyes que afectasen á su querida independencia.

Y en una de las cláusulas de aquel admirable documento, declaraba previsoramente á sus hijos y herederos: <..... que gobernaran estos reinos conforme á las leyes, fueros, usos y costumbres de Castilla, pues de no conformarse á ellos, no serian obedecidos y servidos...... Que no confiaran alcaidías, tenencias, castillos, ni

(1) El rey Don Fernando escribió á las ciudades de Castilla, dos dias despues del fallecimiento de su esposa, ordenando que se hiciesen exequias por el alma de la augusta finada; y en su carta copia la cláusula del testamento en que Doña Isabel la Católica manda que la entierren en el suelo, bajo una losa llana, sin balcon al rededor, ni chapiteles, y sin colgar la iglesia, ni poner más cera que trece hachas, amortajándola con el hábito de San Francisco.

fortalezas, ni gobernacion, ni cargo, ni oficio que tenga en cualquier manera anexa jurisdiccion alguna, ni oficio de justicia, ni oficios de cibdades, ni villas, ni lugares, destos mis reynos y señoríos, ni los oficios de la hacienda dellos, ni de la casa é córte..... ni presenten arzobispados, ni obispados, ni abades, ni dignidades, ni otros beneficios eclesiásticos, ni los maestrazgos y priorazgos, á personas que non sean naturales destos mis reinos, é vecinos é mora dores dellos.»

¡Cuán distintamente vió su límpida mirada, áun hallándose al borde del sepulcro, las escenas de miserable depredacion, verdadera rapiña, que habrian de ocurrir en su patria querida, desde el momento en que el archiduque Felipe se hubiese apoderado de la gobernacion de los reinos!

A Valladolid encaminó sus pasos este mal aconsejado príncipe, pocos dias despues de aceptada y firmada la Concordia de Villafáfila, seguido de los magnates y nobles castellanos que formaban su partido, aumentado ya inmensamente con nuevos adeptos, y de la turba de flamencos que habian desembarcado con él en las playas de la Coruña, y que tenian hambre y sed de placeres, de honores y de cro.

Continuaba el innoble Don Juan Manuel apo

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