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sus grados, empleos, sueldos y honores. Del mismo modo conservarán los suyos los demás empleados militares y los civiles y eclesiásticos que han seguido al Gobierno y á las Cortes, ó que dependen del sistema actual, y los que por razón de las reformas que se hagan no pudiesen conservar sus destinos, disfrutarán, á lo menos, la mitad del sueldo que en la actualidad tuviesen.

> 5.a Declaro y aseguro igualmente, que así los milicianos voluntarios de Madrid, de Sevilla ó de otros puntos que se hallan en esta isla, como cualesquiera otros españoles refugiados en su recinto, que no tengan obligación de permanecer por razón de su destino, podrán, desde luego, regresar libremente á sus casas, ó trasladarse al punto que les acomode en el Reino, con entera seguridad de no ser molestados en tiempo alguno por su conducta política ni opiniones anteriores, y los milicianos que los necesitaren obtendrán en el tránsito los mismos auxilios que los individuos del ejército permanente.

> Los españoles de la clase expresada y los extranjeros que quieran salir del Reino podrán hacerlo con igual libertad, y obtendrán los pasaportes correspondientes para el país que les acomode. - FERNANDO.

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Admitió el Rey las dimisiones á sus ministros, que lo eran don José María Calatrava, don Juan Antonio Yandiola, don Salvador Manzanares, don Francisco Osorio, don Manuel de la Puente y don Francisco Fernández Golfín, declarando que quedaba muy satisfecho del celo y lealtad con que en tan difíciles circunstancias habían desempeñado sus cargos, y acompañado de su familia se embarcó en una falúa gobernada por don Cayetano Valdés, comandante general de las fuerzas navales. Repiques de campanas y salvas de artilleria saludaron la marcha de aquel Rey desleal que pronto iba á tomar un terrible desquite contra los mismos que engañó hasta el último momento.

Llegó Fernando al Puerto de Santa María el 1.o de Octubre y la frase con que saludó al Príncipe de Angulema fué la de: ¡Qué favor me habéis hecho, primo! Recibiéronle también, en aquella población, el Duque del Infantado, presidente de la Regencia de Madrid, y el eclesiástico don Vic

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José Maria Calatrava.

tor Sáez, á quien nombró ministro universal hasta su regreso á la Corte, y pocas horas después expidió el siguiente monstruoso decreto:

. Bien públicos y notorios fueron á todos mis vasallos los escandalosos suce

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sos que precedieron, acompañaron y siguieron al establecimiento de la democrática Constitución de Cádiz, en el mes de Marzo de 1820; la más criminal traición, la más vergonzosa cobardía, el desacato más horrendo á mi real persona y la violencia más inevitable, fueron los elementos empleados para variar esencialmente el gobierno paternal de mis reinos en un código democrático, origen fecundo de desastres y desgracias. Mis vasallos, acostumbrados à vivir bajo las leyes sabias, moderadas y adaptadas á sus usos y costumbres, y que por tantos siglos habían hecho felices à sus antepasados, dieron bien pronto pruebas públicas y universales del desprecio, desafecto y desaprobación del nuevo régimen constitucional. Todas las clases del Estado se resintieron á la par de unas instituciones en que preveian señalada su miseria y desventura.

» Gobernados tiránicamente en virtud y á nombre de la Constitución, y espiados traidoramente hasta en sus mismos aposentos, ni les era posible reclamar el orden ni la justicia, ni podían tampoco conformarse con leyes establecidas por la cobardía y la traición, sostenidas por la violencia y productoras del desorden más espantoso, de la anarquía más desoladora y de la indigencia universal.

» El voto general clamó por todas partes contra la tiránica Constitución; clamó por la cesación de un código nulo en su origen, ilegal en su formación, injusto en su contenido; clamó finalmente por el sostenimiento de la santa religión de sus mayores y por la conservación de mis legitimos derechos, que heredé de mis antepasados, que con la prevenida solemnidad habían jurado mis vasallos.

» No fué estéril el grito de la Nación; por todas las provincias se formaban cuerpos armados que lidiaron contra los soldados de la Constitución; vencedores unas veces y vencidos otras, siempre permanecieron constantes en la causa de la religión y de la Monarquía; el entusiasmo en defensa de tan sagrados objetos nunca decayó en los reveses de la guerra; y prefiriendo mis vasallos la muerte à la pérdida de tan importantes bienes, hicieron presente à la Europa con su fidelidad y su constancia que si la España había dado el sér y abrigado en su seno á algunos desnaturalizados hijos de la rebelión universal, la Nación entera era religiosa, monárquica y amante de su legitimo Soberano.

» La Europa entera, conociendo profundamente mi cautiverio y el de toda mi real familia, la misera situación de mis vasallos fieles, y las máximas perniciosas que profusamente esparcían á toda costa los agentes españoles por todas partes, determinaron poner fin à un estado de cosas que era el escándalo universal, que caminaba á trastornar todos los tronos y todas las instituciones antiguas, cambiándolas en la irreligión y en la inmoralidad.

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Encargada la Francia de tan santa empresa, en pocos meses ha triunfado de los esfuerzos de todos los rebeldes del mundo, reunidos por desgracia de la España en el suelo clásico de la fidelidad y lealtad. Mi augusto y amado primo el Duque de Angulema, al frente de un ejército valiente, vencedor en todos mis dominios, me ha sacado de la esclavitud en que gemía, restituyéndome á mis amados vasallos, fieles y constantes.

» Sentado ya otra vez en el Trono de San Fernando por la mano sabia y justa del Omnipotente, por las generosas resoluciones de mis poderosos aliados, y por los denodados esfuerzos de mi amado primo el Duque de Angulema y su valiente ejército; deseando proveer de remedio á las más urgentes necesidades de mis pueblos y manifestar á todo el mundo mi verdadera voluntad en el primer momento que he recobrado mi libertad, he venido en decretar lo siguiente:

» 1. Son nulos y de ningún valor todos los actos del Gobierno llamado constitucional (de cualquier clase y condición que sean), que ha dominado á mis pueblos desde el día 7 de Marzo de 1820 hasta hoy día 1.o de Octubre de 1823, declarando, como declaro, que en toda esta época he carecido de libertad, obligado á sancionar las leyes y á expedir las órdenes, decretos y reglamentos que contra mi voluntad se meditaban y expedían por el mismo Gobierno.

» 2.° Apruebo todo cuanto se ha decretado y ordenado por la Junta provisional de Gobierno y por la Regencia del Reino, creadas, aquélla en Oyarzun el día 9 de Abril, y ésta en Madrid el día 26 de Mayo del presente año, entendiéndose interinamente hasta tanto que, instruido competentemente de las necesidades de mis pueblos, pueda dar las leyes y dictar las providencias más oportunas para causar su verdadera prosperidad y felicidad, objeto constante de todos mis deseos. Tendréislo entendido y lo comunicaréis á todos los ministerios. — Rubricado de la real mano. - Puerto de Santa Maria, 1.o de Octubre de 1823. - A don VÍCTOR SÁEZ. »

Como dicen varios reputados é imparciales escritores, este horrible decreto, sin ejemplar en la historia, baldón del Príncipe que le suscribió, fué la trompeta de muerte que anunciaba exterminio á todo cuanto en nuestro país llevaba el sello de la libertad, de la ilustración y la justicia, y dió principio à una era sangrienta de crímenes jurídicos, de asesinatos y de proscripciones que desdoran los anales de España.

Por otro bárbaro é inhumano decreto, se condenó á muerte à don Cayetano Valdés, don Gabriel Ciscar y don Gaspar de Vigodet, individuos de la Regencia de Sevilla, no obstante haberles autorizado y aún compelido el Rey á que aceptasen sus cargos. Indignáronse los generales franceses ante tal acto de salvajismo y, haciendo embarcar á aquéllos en un buque de su nación, les condujeron á Gibraltar, librándoles del suplicio que les aguardaba.

Hallándose Fernando en Jerez, continuó la serie de sus draconianos decretos, expidiendo otro en el que prohibía que durante su viaje á la Corte se hallase á cinco leguas en contorno ningún individuo que durante el período de la Constitución hubiese sido diputado á Cortes, secretario del Despacho, consejero de Estado, vocal del Supremo Tribunal de Justicia, comandante general, jefe político, funcionario de las secretarías del Despacho y jefe ú oficial de la milicia voluntaria. Además, les cerraba para siempre la entrada en la Corte y sitios reales dentro del radio de quince leguas. Nombró confesor suyo al inepto y sanguinario eclesiástico don Victor Sáez, su ministro universal, según queda dicho, y al llegar á

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Lebrija dictó este decreto, tan incalificable como los anteriores y los que le sucedieron:

« Al contemplar las misericordias del Altísimo por los riesgos de que se ha dignado librarme, restituyéndome al seno de mis fieles vasallos, se confunde mi

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espíritu con el horroroso recuerdo de los sacrilegos crímenes y desacatos que la impiedad osó cometer contra el Supremo Hacedor del Universo: los ministros de Cristo han sido perseguidos y sacrificados: el venerable sucesor de San Pedro ha sido ultrajado: los templos del Señor profanados y destruídos: el Santo Evangelio despreciado: en fin, el inestimable legado que Jesucristo nos dejó en la noche de su Cena, para asegurarnos su amor y la felicidad eterna, las Hostias Santas, han sido pisadas. Mi alma se estremece y no podrá volver á su tranquilidad, hasta que en unión con mis hijos, mis amados vasallos, ofrezcamos á Dios holocaustos de piedad y de compunción, para que se digne purificar con su divina gracia el suelo español de tan impuras manchas, y hasta que le acreditemos nuestro dolor con una conducta verdaderamente cristiana, único medio de conseguir el acierto en el rápido viaje de esta vida mortal.

» Para que estos dos importantísimos objetos tengan exacto cumplimiento, he resuelto que en todos los pueblos de los vastos dominios que la divina Providencia ha confiado á mi dirección y gobierno, se celebre una solemne función de desagravios al Santísimo Sacramento, con asistencia de los tribunales, ayuntamientos y demás cuerpos del Estado, implorando la clemencia del Todopoderoso en favor de toda la Nación y particularmente de los que se han extraviado del camino de la verdad, y dándole gracias por su inalterable misericordia: que los

MM. RR. arzobispos y obispos, vicarios capitulares, Sede vacante, priores de las órdenes militares y demás que ejerzan jurisdicción eclesiástica, dispongan misiones que impugnen las doctrinas erróneas, perniciosas y heréticas, inculcando las máximas de la moral evangélica; y que pongan en reclusión en los monasterios de la más rigida observancia á aquellos eclesiásticos que, habiendo sido agentes de la facción impía, puedan, con su ejemplo y doctrina, sorprender y corromper á los incautos ó débiles á favor de las funciones de su estado. Tendráse entendido en el Consejo y dispondrá lo necesario á su cumplimiento. — Está rubricado de la real mano. »

Concedió Fernando premios y cruces á los generales y oficiales del ejército invasor francés, y entre los primeros nombramientos que acordó figuraron los siguientes: capitán general de Castilla la Nueva, el Barón de Eroles; de Castilla la Vieja, don Carlos O'Donnell; de Valencia, don Felipe Saint-March; mayordomo mayor de Palacio, el Conde de Miranda; presidente del Consejo de Indias, el Duque de Montemar; del de Castilla, el Duque del Infantado; embajador en Francia, el Duque de San Carlos, y en Rusia, el Conde de la Alcudia.

Como aprobó todas las disposiciones de la Regencia de Madrid y ésta había declarado traidores y reos de muerte á los diputados que, en la sesión del 11 de Junio en Sevilla, intervinieron en la destitución temporal del Rey y su traslación á Cádiz, hizo circular órdenes á las Audiencias para el arresto de los culpables y el embargo de sus bienes. He aquí la lista de sus nombres, con expresión de las provincias por donde fueron elegidos:

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