Imagens das páginas
PDF
ePub

ño de readquirir la voluble fortuna, y al despertar Waterloo (18 de Junio de 1815) y las áridas rocas de Santa Elena.

Encarcelado el carcelero, Fernando VII queda en

21 de Octubre de 1820.-Vale la pena de insertarla íntegra, pues demuestra el menosprecio de las Cortes de esa época á las libertades de asociación y de manifestación de las ideas. Dice

así:

"Las Cortes, después de haber observado todas las formalidades prescritas por la constitución, han decretado lo siguiente:

"10 No siendo necesarias para el ejercicio de la libertad de hablar de los asuntos públicos las reuniones de individuos constituídos y reglamentados por ellos mismos, bajo los nombres de sociedades, confederaciones, juntas patrióticas ó cualesquiera otra sin autoridad pública, cesarán desde luego con arreglo á las leyes que prohiben estas corporaciones.

20 Los individuos que en adelante quieran reunirse periódicamente en algún sitio público para discutir asuntos políticos, y cooperar á su recíproca ilustración, podrán hacerlo con previo conocimiento de la autoridad superior local, la cual será responsable de los abusos, tomando al efecto las medidas que estime oportunas, sin excluir la de suspensión de las reuniones.

30 Los individuos así reunidos no podrán jamás considerarse corporación, ni representar como tal, ni tomar la voz del pueblo, ni tener correspondencia con otras reuniones de igual clase."

23 de Septiembre de 1821.-También vale la pena de insertarla: es la ruptura con el antiguo virreinato de México, cuyos diputados dejan, por fortuna, de figurar en Madrid. Hé aquí la orden:

"Exmo. Sr.-En la segunda junta preparatoria de las Cortes extraordinarias celebrada en este día, se ha resuelto que no deben continuar ejerciendo las funciones de diputados otros suplentes de las provincias de ultramar, sino los de Filipinas y el Perú. Madrid 23 de Septiembre de 1821."

Estas son las disposiciones más notables que en favor de los americanos expidió la antigua metrópoli, ya por previsión, ya por gratitud. Fuera una ú otra el móvil de esos decretos, aún en estos tiempos se transparenta el arrepentimiento que por haber

libertad; no usa, que abusa de ella al volver á la patria engalanada con los lauros de Bailén, Zaragoza y Gerona, é ilustrada con una Constitución medianamente liberal, la de 1812. Fernando, apoyado en el

los sancionado se apoderó de los peninsulares, extraviándolos al punto de declarar que Dios castiga la santa causa de las independencias. Dice Lafuente, en su obra citada, tomo V, páginas 300 y 301:

"Las Cortes, además, se encontraron en una pendiente de que no podían retroceder. Otorgada la igualdad de derechos por la Central y por la Regencia, convocados en virtud de ella los diputados americanos al Congreso nacional, instando éstos cada día para que aquella nivelación fuera ratificada por la Asamblea, representándola como el remedio para apagar el fuego de la insurrección que ardía ya en las regiones del Nuevo Mundo, reproducidas con calor sus pretensiones, ¿podían ya las Cortes anular el decreto de la Central sin evidente riesgo de mayores conflictos, sin gravísima nota de inconsecuencia, apareciendo ardientemente liberales en la Península, y queriendo esclavizar de nuevo á nuestros hermanos de América? Y dado que intentaran anular el primer decreto, ó por reconocer su inconveniencia, ó como castigo de la ingratitud, y sofocar por la fuerza la insurrección que en aquellas regiones cundía, ¿podían, en el estado angustioso del país, viva aquí y nada propicia entonces la lucha con Francia, emplearse allá con éxito medios represivos? Empleáronse también los pocos de que se podía disponer, pero infructuosamente; que el fuego de la revolución, una vez apoderado, es harto difícil de apagar.

"El mai pudo estar en las concesiones primeras, que, sin embargo, fueron entonces generalmente aplaudidas. Pero sobre todo y principalmente estuvo en la ingratitud y mala correspondencia de los habitantes de aquellos dominios, ya harto favorecidos de la metrópoli en los últimos reinados, ahora en todo igualados con los de la madre patria, con una espontaneidad que asombró al mundo, como no usada nunca por naciones que tuvieran colonias. No desconocemos el destino, lógico, providencial, necesario, de las colonias, y más de colonias de la extensión y grandeza de

motín militar de Elio, expide en Valencia el decreto volviendo al absolutismo, de 4 de Mayo de 1814, promulgado en Madrid ocho días después, previas la prisión de los diputados independientes y la criminal

las que poseía España en América, diez veces mayores que la metrópoli misma, llamadas á emanciparse y á vivir vida independiente y propia, cuando llegan como los individuos á la mayor edad. Y este destino se habría cumplido á su tiempo. Pero aprovechar la ocasión de hallarse la nación ahogada y oprimida para alzarse en rebelión contra ella; romper violentamente todos los antiguos lazos que con ella las unían, y proclamar su independencia, cuando la metrópoli acababa de hacerlas tan libres como ella misma, fué una ingratitud injustificable, que parece haber castigado Dios, dando á aquellos pueblos, convertidos en república, una vida inquieta, trabajosa, sin reposo interior, acreditando algunas de ellas con medio siglo de anarquía que no merecían entonces la libertad que se les daba y que desdeñaron."

Y antes se había ocupado de nuestros héroes Hidalgo y Morelos en los siguientes depresivos términos (obra y tomo citados, pág. 148):

"Con más furia se desarrolló en Nueva España, donde ya el año anterior había sido separado por sospechas de connivencia con los criollos el virrey Iturrigaray, y donde hubo el poco tino de conferir el virreinato en tales circunstancias al anciano y débil arzobispo Don Francisco Javier de Lizana. Un clérigo llamado Don Miguel Hidalgo de Costilla, hombre sagaz y no iliterato, fué quien levantó allí la bandera de la insurrección, sublevando á los indios y mulatos (Septiembre 1810), con los cuales y con algunas tropas que se le reunieron se apoderó de la rica población de Guanajuato, se extendió hasta Valladolid de Michoacán, y amenazaba á México, que se hallaba en gran fermen

tación.

"Por fortuna llegó oportunamente el general Venegas, nombrado virrey, como dijimos ya en otra parte, por el gobierno español. Venegas contuvo y reprimió el mal espíritu de la capital, y despachó al coronel Trujillo con una columna al encuentro de Hidalgo. Esperóle el clérigo insurgente en el Monte de las Cruces; tuvieron allí una viva refriega, mas el número de la gente

complacencia de los adictos, llamados entonces los persas. Tales y tan atroces fueron las demasías de Fernando restaurado en su trono y dividiendo su tiempo en presidir las corridas de toros unos días y otros la

insurrecta era ya tan crecido, que el coronel español tuvo por prudente retroceder á México. Tras él marchaba ya Hidalgo atrevidamente sobre la capilal, y como supiese que se dirigía á impedirle aquel movimiento el comandante de las fuerzas de San Luis de Potosí, brigadier Calleja, con 3,000 hombres, tuvo la audacia de volver á buscarle, pero pagó cara la osadía, porque fué completamente derrotado cerca de Aculco (7 de Noviembre). Repúsose no obstante todavía, y todavía dió quehacer, costándole á Calleja varias acciones hasta desbaratarle del todo en una de ellas, de cuyas resultas hubo de refugiarse el belicoso clérigo en las provincias interiores, donde al fin fué cogido y pasado por las armas con varios de sus secuaces. La misma suerte tuvo otro clérigo llamado Morelos, pero mucho más feroz que el anterior, así como más ignorante y de más estragadas costumbres, que se levantó y mantuvo el fuego de la insurrección en la costa meridional de Nueva España. Ruda y sangrienta se mostró allí la rebelión contra los españoles, y éstos á su vez tomaron también represalias horribles."

[blocks in formation]

Era costumbre en los antiguos persas pasar cinco días en anarquía después del fallecimiento de su rey, á fin de que la experiencia de los asesinatos, robos y otras desgracias, les obligara á ser más fieles á su sucesor. Para serlo España á V. M., no necesitaba igual ensayo en los seis años de su cautividad; del número de los españoles que se complacen al ver restituído á V. M. al trono de sus mayores, son los que firman esta reverente exposición con el carácter de representantes de España; mas como en ausencia de V. M. se ha mudado el sistema al momento de verificarse aqueIla, y nos hallamos al frente de la Nación en un Congreso que decreta lo contrario de lo que sentimos, y de lo que nuestras pro

Inquisición, que á los seis años otro motín militar, el de Riego, ayudado por la Bisbal, obliga al monarca á jurar la Constitución de 12 (7 de Marzo de 1820). El cuartel había hecho á Fernando Rey absoluto, el cuar

vincias desean, creemos un deber manifestar nuestros votos y circunstancias que los hacen estériles, con la concisión que permita la complicada historia de seis años de revolución.........

Quisiéramos grabar en el corazón de todos, como lo está en el nuestro, el convencimiento de que la democracia se funda en la. instabilidad é inconstancia; y de su misma formación saca los peligros de su fin. De manos tan desiguales como se aplican al timón, sólo se multiplican impulsos para sepultar la nave en un naufragio. O en estos gobiernos ha de haber nobles, ó puro pueblo; excluir la nobleza destruye el orden gerárquico, deja sin esplendor la sociedad, y se la priva de los ánimos geherosos para su defensa; si el gobierno depende de ambos, son metales de tan. distinto temple, que con dificultad se unen por sus diversas pretensiones é intereses.........

La nobleza siempre aspira á distinciones; el pueblo siempre intenta igualdades: éste vive receloso de que aquélla llegue á dominar; y la nobleza teme que aquél le iguale; si, pues, la discordia consume los gobiernos, el que se funda en tan desunidos principios, siempre ha de estar amenazado de su fin......................

Leimos que al instalarse las Cortes por su primer decreto en la Isla á 24 de Septiembre de 1810 (dictado, según se dijo, á las once de la noche), se declararon los concurrentes legitimamente constituídos en Cortes generales y extraordinarias, y que residía. en ellos la soberanía nacional. Mas ¿quién oirá sin escándalo que en la mañana del mismo día, este Congreso había jurado á V. M. por soberano de España, sin condición, ni restricción, y hasta la noche hubo motivo para faltar al juramento? Siendo así que no había tal legitimidad de Cortes; que carecían de la voluntad de la Nación para establecer un sistema de gobierno, que desconoció España desde el primer rey constituído: que era un sistema gravoso por los defectos ya indicados, y que mientras el pueblo no se desengaña del encanto de la popularidad de los Congresos legislativos, los hombres que pueden ser más útiles, suelen convertirse en instrumento de su destrucción sin pensarlo. Y sobre

« AnteriorContinuar »