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ESTATUTOS

DE LA COMPAÑÍA.

ARTICULO PRIMERO..

Se establece en Madrid una Compañia anónima, denominada La PUBLICIDAD.

ART. 2.0

La Sociedad se ocupará de todo lo relativo á los ramos de imprenta y libreria, y de las demás industrias que con ellos tengan relacion inmediata.

ART. 3.°

El capital social será de 40.000,000 de rs. vn., representado por 20,000 acciones de 2,000 rs. cada una. Diez mil de estas acciones quedarán en el fondo de reserva, y no podrán emitirse sin que preceda acuerdo de la Junta general de accionistas, á propuesta de la Junta gubernativa.

ART. 4.°

El pago de las acciones se hará del modo siguiente: 5 por 100 al contado, 5 por 100 á 30 dias fecha, 5 por 100 á 60 dias, y 5 por 100 á 90. El resto, hasta el completo de su valor, se entregará á medida que la Junta gubernativa lo vaya pidiendo por anuncio que haga en dos periódicos de la capital.

Ningun pedido escederá de un 5 por 100, ni podrán hacerse dos seguidos sin que medie un mes de intervalo.

ART. 5.0

La duracion de la Compañía será de 40 años, pudiendo prorogarse con sujecion á las leyes.

ART. 6.0

Además de los casos prevenidos en el Código de Comercio, la Compañía quedará disuelta cuando, habiéndose perdido la mitad del capital, lo acordaren las dos terceras partes de los socios presentes en una Junta general, convocada al efecto.

DE LA JUNTA GUBERNATIVA.

ᎪᎡᎢ. 7.°

Al frente de la Sociedad habrá una Junta gubernativa, compuesta de trece individuos, cuya tercera parte se renovará cada dos años, pudiendo ser reelegidos los salientes.

ART. 8.°

Sus atribuciones principales, serán:

1. Nombrar, separar y señalar sueldo al Gerente.

2. Discutir y aprobar todas las empresas que hayan de acometerse por la Compañía.

3. Aprobar las cuentas, los presupuestos y las proposiciones que presente la Direccion.

4. Examinar el estado de los negocios, cuyo balance se le presentará mensualmente.

5. Acordar los dividendos y los pedidos que hayan de hacerse á los accionistas.

6. Convocar las juntas generales ordinarias y estraordinarias.

7. Reemplazar las vacantes que ocurran en su seno hasta la junta general de 1856, en que por primera vez, segun el art. 10, habrá elecciones.

8. Resolver las dudas que sobre la inteligencia de estos Estatutos puedan ocurrir.

ART. 9.°

La primera Junta gubernativa la formarán los socios fundadores

SR. D. ANTONIO JORDÁ,

SR. D. FRANCISCO DE LAS BARCENAS,

SR. D. MATEO MURGA,

ESMO. SR. D. MANUEL PEREZ Seoane,

ESCMO. SR. D. JUAN DONOSO CORTÉS,

ILMO. SR. D. JOAQUIN FRANCISCO PACHECO,
SR. D. JUAN BBAVO MURILLO,

SR. D. JOSÉ MORALES SANTISTEBAN,

SR. D. MANUEL MORENO LOPEZ,

SR. D. JUAN EUGENIO HARTZENBUSCH,

SR. D. MANUEL RIVADENEYRA,

SR. D. BUENAVENTURA CARLOS ARIBAU,
SR. D. FERMIN CABALLERO.

ᎪᎡᎢ. 10.

Esta Junta gubernativa, fundadora de la Sociedad, no empezará á renovarse hasta la primera junta general de 1856. La suerte designará los cuatro vocales que hayan de salir en cada una de las dos primeras renovaciones.

ART. 11.

Los honorarios de la Junta gubernativa consistirán en un 10 por 100 de los beneficios líquidos de la Compañia.

ART. 12.

Los Socios fundadores se reservan el derecho de tomar cada uno doscientas acciones á la par, durante tres años.

ART. 13.

Los individuos de la Junta de gobierno deberán poseer cien acciones de la Compañía.

DE LA DIRECCION.

ART. 14.

La Direccion la formarán tres individuos de la Junta gubernativa, nombrados por ella misma; uno de los cuales se renovará cada doś años, pudiendo ser reelegido el saliente.

ART. 15.

Sus principales atribuciones serán:

1. Asistir uno de ellos diariamente á las oficinas, y vigilar el cumplimiento de los Estatutos y de los acuerdos de la Junta gubernativa.

2.a Dec'dir sobre todos los puntos urgentes.

3. Aprobar las cuentas, presupuestos, reglamentos y cuantos proyectos presenten las dependencias de la Compaüía á la deliberacion de la Junta de gobierno.

4. Nombrar y separar á los empleados.

ART. 16.

Los honorarios de la Direccion consistirán en un 5 por 100 de los beneficios líquidos de la Compañia, además de lo que sus individuos perciban por la junta gubernativa.

DEL GERENTE.

ART. 17.

Habrá un Gerente que lleve la firma de la Compañía y la represente.

ART. 18.

Sus principales atribuciones serán:

1.a Asistir, como jefe inmediato de las oficinas, todas las horas en que estén abiertas.

2.

Suspender á los empleados, dando cuenta á la Direccien. 3. Formar cuantos estados, balances, presupuestos etc. le encargue la Direccion.

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DE LOS SOCIOS.

ART. 19.

Los socios tendrán un voto en las juntas generales, por cada 20 acciones que posean con seis meses de anticipacion; pero ninguno tendrá mas de seis votos, cualquiera que sea el número de sus acciones. Podrán ser representados por otro socio á quien confieran poder suficiente. (Se continuará.)

MADRID.-1846.-IMPRENTA DE LA SOCIEDAD LITERARIA-TIPOGRÁFICA DE LA ILUSTRACION, CALLE de Carretas, NÚM. 27.

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En esta seccion se comprenden todas las obras publicadas desde el año 1840 inclusive en adelante.

1013. AFORISMOS de Toxicologia, por Pedro Mata, doctor en medicina y cirugía, catedrático de medicina legal y de toxicologia teórica y práctica en la facultad de medicina de la universidad de Madrid. Madrid, 1846, imprenta de Suarez, librerias de Jordan, Monier y Europea. Un cuaderno en 8. marquilla.

1014. ARTE de gramática latina por el padre Calisto Hornero, de la Resurreccion del Señor, para uso de las Escuelas Pías de las dos Castillas y Andalucía. Corregida nuevamente. Madrid, 1843, imprenta de D. Ě. Aguado, despacho de libros de las Escuelas Pías de S. Fernando. Un tomo en 8. pasta.

8.

Véase la anterior edicion, pág. 247, tomo III de este Boletin. 1015. AUTORES selectos de la mas pura latinidad, anotados bre

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vemente é ilustrados con algunas noticias de geografía, costumbres é historia romana, para uso de las Escuelas Pías de la provincia de las dos Castillas y Andalucía. Duodécima edicion. Madrid, 1845, imprenta de D. E. Aguado, despacho de libros de las Escuelas Pías de S. Fernando. Tres tomos en 8. marquilla, pasta.

39.

Véase la anterior edicion, pág. 39, tomo III de este Boletin. 1016. BREVES tratados de esfera y geografía universal, con algunas noticias históricas, en especial en lo perteneciente á España, y un apéndice de geografia antigua y otro de cronologia, para instruccion de la juventud. Por el padre Juan Cayetano Losada, de la Virgen del Cármen, de las Escuelas Pías de S. Fernando de Madrid. Octava edicion. Madrid, 1844, imprenta de D. E. Aguado, despacho de libros de las Escuelas Pías de S. Fernando. Un tomo en 8. ° pasta con seis mapas.

Véase la anterior edicion, pág. 241, tomo II de este Boletin.

11.

1017. CALENDARIO del Silvicultor, ó manual de silvicultura práctica. Obra útil á los propietarios de bosques y empleados en el ramo de montes. Por D. José Maria Paniagua, individuo correspondiente de la academia de ciencias naturales de Madrid. Zaragoza, 1846, imprenta de C. Justo. Madrid, librería de la viuda de Razola. Un tomo en 8. marquilla.

18.

1018. COMPENDIO del arte militar, aprobado por el Excmo. señor inspector general de infanteria; arreglado por D. Juan Miguel Bustillo, caballero de la real y militar órden de San Fernando de primera clase, teniente de infantería y secretario del gobierno militar de Madrid. Madrid, 1844, imprenta de D. J. C. de la Peña, librería Europea. Un tomo en 8. marquilla.

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18.

1019. CURSO de historia y disciplina particular de la iglesia de España, en los puntos principales de su gobierno desde los tiempos primitivos; precedida de dos discursos ó tratados; el primero sobre el origen del poder civil, en el cual se analizan las doctrinas de los publicistas Spedalieri, Balmes y otros. Y el segundo sobre los principios generales del derecho público eclesiástico. Escribe esta obra el presbítero D. Juan Miguel Jimeno, licenciado en jurisprudencia. Madrid, 1846, imprenta de D. J. C. de la Peña, librería Europea. Tomos I y II en 8. marquilla. Precio de cada uno por suscricion. 20.

1020. CURSO elemental de geografía universal, por D. Manuel Rafael de Vargas, secretario del gobierno político de la provincia de Jaen, é individuo de las sociedades de amigos del pais de Granada, Jaen Y Baeza y de otras literarias. Jaen, 1846, imprenta de T. Lopez. Madrid, librerías de Jordan, Monier y Europea. Un tomo en 8. con una lámina.

8.

1021. EL NIÑO ilustrado en los verdaderos principios de la sana filosofia. Su autor el P. Inocente Palacios de la Asuncion, sacerdote de las Escuelas Pías de San Fernando de esta córte. Segunda edicion.

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