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de la Providencia ha sido visible en estos acontecimientos; y á aquel que protege á los reyes es á quien debemos atribuir con el mas vivo reconocimiento un éxito tan pronto y tan brillante.

"Desde hoy mi mision concluye, y comienza la vuestra: debeis dar el reposo y la felicidad á vuestros vasallos. Sino tuviera como gefe de mi casa el derecho de hablar á V. M. sinceramente, mis años, mi esperiencia y mis dilatados infortunios me impondrian este deber. Como V. M. he recobrado mi poder real despues de una revolucion; á ejenplo de nuestro abuelo Henrique IV, he perdonado á aquellos que se habian estraviado en tiempos dificiles, y que confiados en la indulgencia de su soberano, se apresurasen á reparar sus errores. V. M. conocerá cuán peligroso es convencer á clases enteras de hombres á quienes no hay medio de borrar el recuerdo de su debilidad. Los príncipes cristianos no deben reinar por medio de proscripciones; ellas deshonran las revoluciones, y por ellas los súbditos perseguidos vuelven pronto ó tarde á buscar un abrigo en la autoridad paternal de sus soberanos legítimos. Creo pues que un decreto de amnistía sería tan útil á los intereses de V. M. como á los de su reino.

»V. M. juzgó que las dilatadas conmociones políticas y la anarquía de las guerras civiles debilitan las instituciones relajando los lazos de la sociedad; me pareció que estabais penetrado de esta verdad al escribirme vuestra carta particular de 23 de Julio de 1822; desechábais los sistemas peligrosos, las teorías democráticas, esas funestas innovaciones que tanto han trabajado la Europa; pero queríais buscar en las antiguas instituciones de España el medio de contener á los pueblos, y de asegurar la corona en vuestra cabeza. Si persistis en tan noble preyecto, no tardareis en ver fijas en 22

T. III.

el trono todas las esperanzas de vuestros súbditos. Sobre este punto nadie está autorizado para dar consejos á V. M. Os conviene deliberar con prudencia, y en la plenitud de vuestros derechos; pero os lo debo decir: un despotismo ciego lejos de aumentar el poder de los reyes lo debilita; porque si su poderío no tiene reglas, si no reconoce ley alguna, pronto sucumbe bajo el peso de sus propios caprichos; la administracion se destruye, la confianza se retira, el crédito se pierde, y los pueblos, inquietos y atormentados, se precipitan en las revoluciones. Los soberanos de Europa que se han visto amenazados en su trono por la insurreccion militar de España, se creerian nuevamente en peligro en el caso en que la anarquía triunfase segunda vez en los estados de V. M.

á

"Si dando al olvido dolorosos recuerdos V. M. llama á su Consejo hombres prudentes y sabios, una nobleza que es el apoyo natural de su autoridad, á un clero cuya piedad y adhesion tantos sacrificios prometen al bien público; si todas las clases de una nacion grande y fiel bendicen igualmente la autoridad del soberano legítimo, la Europa verá en el reinado de V. M. la garantía de su reposo, y yo me alabaré de haber conseguido con (Ap. lib. 12. mis sacrificios un resultado tan glorioso.-Luis." (*) núm. 4.)

Natural parecia que el duque de Angulema abrigase los propios sentimientos que Luis XVIII, gobernándose por las instrucciones que recibia de París. Asi es que desaprobando la conducta observada por el rey desde los primeros momentos, se atrevió á manifestar sin embozo el desacuerdo que habia presidido á la sancion del sanguinario decreto de 1.0 de Octubre. Y cuando al dia siguiente acompañó en el Puerto á la familia real al solemne Te-Deum que alli se cantó, traslucióse la frialdad que reinaba entre los augustos personages y el

disgusto del duque. Mas á las claras se manifestó
todavía el 4, dia de la infanta doña Francisca, no
asistiendo á felicitarla, y contentándose con enviar 1823.
un edecan, mucho mas cuando en el cuarto de la
infanta se celebraban los conciliábulos de los hom-
bres mas furiosos que ansiaban llevarlo todo á san-
gre y fuego. Ni la desaprobacion de Angulema
pues, ni los consejos del gefe de la familia de los
Borbones mitigaron la ardiente sed de venganza
que inflamaba al trono, y continúo su funesta mar-
cha por el destructor camino de las proscripciones.

Trasladóse Fernando el 2 á Jerez, donde á los dos dias rubricó el famoso decreto en que prohibia. que durante su viaje á la corte se hallase á cinco leguas en contorno de su tránsito ningun indivi duo que en el reinado de la Constitucion hubiese sido diputado á Cortes en las dos legislaturas pasadas, secretario del despacho, consejero de Estado, vocal del supremo Tribunal de Justicia, comandante general, gefe político, oficial de la secretaría del despacho, ó gefe y oficial de la estinguida milicia voluntaria; y ademas se les cerraba para siempre la entrada en la corte y sitios reales dentro el radio de quince leguas. Si atendemos á la renovacion de los destinos, cuyos poseedores quedaban espulsados, asciende el número de los proscritos á mas de cien mil personas condenadas sin juicio, sin defensa, en masa: ni en Tiberio, ni en Calígula, ni en Neron hallaremos otro decreto semejante al de este dia.

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A la crueldad uníase la mas refinada hipocresía; y tras la condena de tantos buenos ciudadanos estampábanse las claúsulas siguientes: "En la desgraciada agitacion en que pusieron á mi corazon el año de 1820 sucesos que no quisiera recordar, no hallaba mas consuelo que recurrir al Dios de las misericordias para implorar su asistencia en favor

Octubre de

Proscripciones de Jerez.

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confesor.

de mi digua familia y de mi pueblo, dulces objetos de inis paternales desvelos. Necesitaba para esto de los auxilios de un director espiritual de insigne virtud, ciencia y prudencia; y hallando esSacz ministro tas prendas en don Victor Saez, canónigo electode Estado y ral de la iglesia primada de Toledo, vine en nombrarle mi confesor; pero Dios, que no estaba aun satisfecho con las amarguras que contínuamente le ofrecia, permitió que antes de terminar aquel año gustase yo la de su separacion, tanto mayor para mí, cuanto eran grandes las pruebas que me habia dado de fidelidad, con riesgo inminente de su vida. Restituido ahora á mi libertad y soberanía, me complazco en volverle á mi lado, nombrándole, como le nombro, mi confesor, sin que este nombramiento obste al de mi primer secretario de Estado y del despacho, cuyo empleo. sirve y es mi voluntad que siga sirviendo. Tendréislo entendido &c. Jerez de la Frontera, 4 de Octubre de 1823.- Al conde de la Puebla del Maestre." Y la misma mano real que autorizó con su firma tan desmedidos elogios á don Victor Saez, no tardó dos meses en despojarle del ministerio y del regio confesonario, no obstante la insigne virtud, ciencia y prudencia tan encomiadas.

Despues de haber visitado en Jerez el célebre monasterio de Cartujos, y adorado en Santo Domingo la imagen de nuestra Señora del Rosario, siguiendo la corriente de los vientos que reinaban, pasaron SS. MM. el 6 á Lebrija, donde la osada pluma de Saez insultó á la religiosa nacion española en este decreto, que solo Fernando hubiera firmnado entre todos los príncipes de Funcion de Europa. "Al contemplar las misericordias del Santisimo Sa- Altísimo por los riesgos de que se ha dignado licramento. brarme restituyéndome al seno de mis fieles vasa

desagravios at

llos, se confunde mi espíritu con el horroroso recuerdo de los sacríligos crímenes y desacatos que la impiedad osó cometer contra el Supremo Hacedor del universo: los ministros de Cristo han sido perseguidos y sacrificados; el venerable sucesor de San Pedro ha sido ultrajado; los templos del Señor profanados y destruidos; el Santo Evangelio despreciado; en fin, el inestimable legado que Jesucristo nos dejó en la noche de su cena para asegurarnos su amor y la felicidad eterna, las Hostias Santas, han sido pisadas. Mi alma se estremece y no podrá volver á su tranquilidad hasta que en union con mis hijos, con inis amados vasallos, ofrezcamos á Dios holocaustos de piedad y de compuncion para que se digne purificar con su divina gracia el suelo español de tan impuras manchas, y hasta que le acreditemos nuestro dolor con una conducta verdaderamente cristiana, único medio de conseguir el acierto en el rápido viaje de esta vida mortal. Para que estos dos importantísimos objetos tengan exacto cumplimiento he resuelto que en todos los pueblos de los vastos dominios que la divina Providencia ha confiado á mi direccion y gobierno se celebre una solemne funcion de Desagravios al Santísimo Sacramento, con asistencia de los tribunales, ayuntamientos y demas cuerpos del Estado, implorando la clemencia del Todopoderoso en favor de la nacion, y particularmente de los que se han estraviado del camino de la verdad, y dándole gracias por su infinita misericordia: que los arzobispos y obispos, vicarios capitulares, sede vacante, priores de las órdenes militares y demas que gocen jurisdiccion eclesiástica, dispongan misiones que impugnen las doctrinas erróneas, perniciosas y heréticas, inculcando las máximas de la moral evangélica; y que

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