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Certamen poetich en el que se insertan poesías de Vinyoles, y como este certámen se imprimió en el referido año, viviendo aun nuestro autor, lo colocamos en él, y no en 1496 como hace Gimeno.

En el anónimo del año 1498, de que hablaremos, hay tambien otro certámen, y en él poesías suyas.

=

En el Cancionero general, impresion de Amberes, pág. 241, hay: Respuesta de Vinyoles á una pregunta que le habia hecho Mossen Fenollar. Página 251: Respuesta del mismo á una demanda adivinativa de Mossen Fenollar. - Página 304 vuelta : Glosa de Mosen Narcis Vinyoles á esta cancion

No so mio: ; cuio sò?

tuio sò, Senyora, tuyo:
i sino tuio ¿ di cuyo,
Senyora, puedo ser yo?

¿tu merced á quien me dió?

=

que dice:

Pág. 316: obra de Mossen Vinyoles, desdenyat de sa enamorada; en lengua valenciana.=Pág. 317: Resposta del mateix á una Senyora que le demana, qual es major dolor perdre sa enamorada per mort, ó per nous amors.

LUIS ALANYA (1).

Natural de la ciudad de Valencia, notario público de la misma, del que habla Gimeno, tomo 1, pág. 364, colocándolo en el año 1400. Se advierte que murió por los de 1515, como se deduce de lo que dice Francisco Juan Pastor en la dedicatoria de los Fueros impresos en 1548, pues hablando de nuestro Alanya dice: «Contagit ut vix opere inceperit morte immatura correptus é vivis excederet.”

Publicó pues:

1. Aureum opus regalium privilegiorum civitatis et Regni Valentiæ cum historia cristianissimi Regis Jacobi ipsius primi conquistatoris. Valencia por Diego Gumiel año 1515: en folio.

La historia de que hace mérito esta inscripcion, es parte de la Crónica ó Comentarios que se atribuyen al rey D. Jaime. Muchos confunden estas dos obras; pero se equivocan conocidamente. Los referidos Comentarios, que se imprimieron en Valencia en el año 1557, comprenden cuatro partes, de las cuales la segunda trata de la conquista del reino, y de ella es copia la que está puesta al principio de los Privilegios, con el nombre de Historia del Rey Don Jaime. Esta historia no tiene enlace ni conexion alguna con los Privilegios; de suerte que, hablando en propios términos, puede decirse que fue una voluntariedad de Luis Alanya ponerla á la frente de esta Compilacion. El título que en ella se da á la tal historia es el que sigue: «Comença la conquesta por lo serenisim è catolich princep de inmortal memoria don Jaume per la gracia de Deu

(1) Año 1515.

Rey de aragò ab miraculosos actes feta, de la insigne ciutat è regne de Valencia: deliurant aquella de la mahometica servitut en la qual molt temps habia que per infels tiranicament era opresa: en la qual se mostra ser mes ornada de antigua veritat que de embelliment de paraules: treta del registre autentich del archiu del consell de la present ciutat: la qual à exaltacio de la sancta fe cristiana è à perpetua memoria en lo present libre es continuada." Lo que vertido al castellano quiere decir: Empieza la conquista de la insigne ciudad y reino de Valencia, egecutada con hechos milagrosos por el serenísimo y católico príncipe de inmortal memoria D. Jaime por la gracia de Dios rey de Aragon, librando á aquella de la esclavitud de los moros, en la cual mucho tiempo habia que por infieles era oprimida tiránicamente, en la que se muestra ser mas adornada de antigua verdad, que de hermosura de palabras. Sacada del registro auténtico del archivo del concejo de la presente ciudad; la cual se continúa en este libro para exaltacion de la santa fe cristiana, y para perpétua memoria.

Rodriguez en su Biblioteca, página 574, trató de este asunto con poco conocimiento, y sus espresiones manifiestan, que ni aun siquiera vió la referida historia, cuando la inscripcion que traslada está equivocada en todas sus partes, y no se conforma con la original, omitiendo algunas espresiones, y añadiendo otras en ofensa de la verdad, entre las cuales notamos la siguiente: «E de non feita estampar per los jurats de la insigne ciutat de Valencia." Esto es: «Y de nuevo hecha imprimir por los jurados de la insigne ciudad de Valencia.” No se ha hecho otra edicion de esta Crónica, que la de la viuda de Juan de Mey del año 1557; y así no puede ser cierto el aditamento que finge Rodriguez, afirmando que se mandó imprimir de nuevo. A pesar de esta severa crítica, los clamores de la buena fe, de la instruccion en la historia literaria, y de los grandes conocimientos de este buen valenciano, me obligan á procurar medios de ponerle á cubierto de esta sindicacion.

Falleció Rodriguez en el convento de nuestra Señora del Remedio de esta ciudad el dia 28 de Noviembre del año 1703, á tiempo que tenia impresas 468 páginas de su Biblioteca valentina; faltando solo á imprimir el prólogo, principios, la continuacion de un apéndice que dejó empezado en la referida página, algunas enmiendas y un índice de autores estrangeros. Todos estos papeles pararon en manos del prelado de aquel convento, que á la sazon lo era el P. Fr. Ignacio Savalls, el cual no solamente impidió que se continuase aquella impresion, sino que se negó constantemente á entregar estos documentos aun despues de concluida su prelacía, á pretesto de continuar, adicionar y perfeccionar la obra. Así siguieron las cosas, hasta que habiéndose sabido que D. Vicente Gimeno imprimia sus Escritores del Reino de Valencia, y verificada la muerte del P. Savalls en 5 de Noviembre de 1746, volvieron sobre sí los Religiosos Trinitarios, y recogidos los materiales que encontraron en poder del espresado Savalls (entre los cuales habia algunas adiciones de este) continuaron la impresion de la Biblioteca de Rodriguez desde la pág. 468, que fue el estado en que quedó al tiempo de su muerte, y al fin la publicaron en esta ciudad en el año 1747.

Segun estos antecedentes es cosa cierta, que todo lo que se halla en la obra

de Rodriguez acerca de la edicion de la historia del rey D. Jaime, se imprimió despues de su muerte, respecto de que él solo dejó impreso hasta la página 468, y lo de D. Jaime principia en la de 573. Los manuscritos de Rodriguez quedaron en poder del P. Savalls. Este proyectó enmendar, adicionar y perfeccionar aquella obra ; y en efecto hubo algo de esto. Todos los papeles de Rodriguez fueron manejados por Savalls y religiosos Trinitarios, los cuales cuidaron de la impresion, y fueron árbitros de poner en ella lo que tuvieron por conveniente. No hay prueba convincente de que lo que se lee en la página 574 sea en realidad parto de Rodriguez. Tal vez serán espresiones adulteradas. Por otra parte no puede ser que un sugeto de su literatura, su instruccion y sus conocimientos se inculcase en tan groseros errores.

Concluida esta digresion, vuelvo á tratar de la edicion de los Privilegios del Reino. Despues de aquella historia, y de una provision que le precede declaratoria del Privilegio X del rey D. Pedro II, y del índice de todo el libro con sus concordancias y remisiones, se encuentra la dedicatoria que hizo nuestro Alanya á los jurados de la ciudad de Valencia, que en el citado año 1515 lo fueron: Juan Alegre, Francisco Egidio ó Gil, Bartolomé Figuerola, Juan Pascuet, Francisco Fachs, y Gerónimo Blasco; y en seguida al folio 1.o, se lee esta inscripcion: «In Cristi nomine amen. In hoc libro est plena copia diligenter examinata regiorum privilegiorum et cartarum existencium originaliter in archiuo sale consilii insignis civitatis Valenciae suo videlicet ordine prout á serenissimis dominis aragonum et valencie regibus successiue concessa fuere. Et habetur primo de concessis per dominum Regem Jacobum antique memorie: qui civitatem valentie nona die octobris anno domini M.CC.XXX.VIII. et subsequenter totum ejus regnum á manibus paganorum eripiendo strenue ac feliciter adquisivit."

En el mismo folio empiezan los Privilegios del Rey D. Jaime el Conquistador, y luego continúan sucesivamente los de D. Pedro I, D. Alfonso I, D. Jaime II, D. Alfonso II, D. Pedro II, D. Juan I, D. Martin, D. Fernando I, D. Alfonso III, D. Juan II y D. Fernando II, que llegan al folio 234.

Despues de esta coleccion se sigue la de XXXIII documentos, á quienes se da el nombre de Privilegios estravagantes que ocupan hasta el folio 246, y lucgo se lee esta conclusion: «Ad lauden et gloriam altissimi et illius sacratissime genitricis domine nostre: et ad honorem utilitatem ac benefficium reipublice insignis civitatis valentie ac totius regni ejusdem. Explicit volumen privilegiorum ac aliarum regiarum prouisionum: cum suis primitiuis originalibus ac registris pro posse veridice ac diligenter comprobatum. Impressumque in nobili ac magnifica Civitate Valencie arte et industria humilis Didaci de gumicl: sub anno incarnationis dominice M. D. XV. die vero intitulata XXX mensis octobris regnante potentissimo Ferdinando rege aragonum valentie." Y por último se encuentran dos aranceles de derechos, y un prólogo antes de Errata corrigenda, , que aunque puesto en pocas palabras, prueba bien la diligencia y cuidado del compilador Luis Alanya.

Tuvo nuestro autor intencion de hacer una nueva edicion de los Fueros de Valencia, añadiendo á la antigua los promulgados posteriormente. La muerte

le impidió realizarlo, y solo quedaron entre sus herederos unos pocos cuadernos de los que se utilizó Francisco Juan Pastor. Véase á este al año 1548.

Así que no acertó Gimeno en sus Escritores, tomo 1, pág. 364 en colocar á Alanya entre los escritores del año 1400, ó poco despues.

No solo se equivocó Rodriguez hablando de la Historia del Rey D. Jaime, como antes he manifestado, sino tambien cuando (pág. 575 de su biblioteca) trató de la edicion de estos privilegios. Sus espresiones tienen un sentido absurdo. Afirma que se imprimieron el año 1275, siendo así que entonces aun no se habia conocido el noble arte de la imprenta, y que entre ellos se notan varios que se espidieron algunos siglos despues. Añade que aquellos eran los primitivos fueros que habia visto el Reino de Valencia. Esto es una continuacion y cadena de errores.

Para dejar la buena fe y literatura de Rodriguez en el lugar de que ciertamente es digno y le corresponde, reproduzco las esposiciones que tengo hechas acerca de lo ocurrido en la impresion de su Biblioteca Valentina.

D. LUIS CRESPI DE VALLDAURA (1).

Descendiente de los de esta nobilísima familia (2), señores de la baronía (ahora condado) de Sumacárcer y Alcudia, en la ribera del Júcar, con sus términos contornados de los de Thous, Navarrés, Chella, Cotes y Antella. Nació en Valencia, fue hijo de D. Luis Crespí Valldaura, como lo declaró este en su codicilo fecho en la villa de Peralada en el principado de Cataluña, vizcondado de Rocabertí, á 21 de Abril de 1473; entregado en forma de plica á Juan Gamisa, escribano de Valencia, en 19 de Abril de 1491, y publicado en el propio dia. Obtuvo grado de doctor en ambos derechos en la universidad de Valencia, en la que en 18 de Noviembre de 1500 sustituyó la cátedra de cánones por ausencia de Micer Leonardo Llopis. En 1501 fue elegido para la misma ; y nombrado primer catedrático de la dicha facultad en 13 de Mayo de 1502, con salario de 25 libras al año (3), y en 2 de Junio de 1503, y 25 de Mayo de 1504, 7 de Mayo de 1505, se le confirmó la misma cátedra la ciudad, por la que en 30 de Mayo de 1506 le eligió rector de la universidad para el año siguiente (4). En el Cancionero general, impreso en Amberes, se hallan varias poesías de Mossen Crespí. Página 238 vuelta: Pregunta de Mossen Crespí de Valldaura al conde de Oliva, porque le hicieron juez de unas justas. Página 248: Pregunta de Mossen Crespí. En la misma página vuelta: Respuesta á la pregunta de Gabriel á Mossen Crespí, de macho y hembra. Pág. 300: Coplas de Mossen Crespí de Valldaura, glosando una copla que hizo, la cual empieza así:

y

No siento que viva, viviendo mi vida.

(1) Año 1522.

(2) Viciana, en la Crónica de Valencia, lib. 2, cap. 54.

(3) Manual de concejos, núm. 51, folio 446.

(4) Cerdá, en las notas á Gil Polo, pág. 307.

Página 301 vuelta: Esparza suya conortando una dama, que estaba muy triste, porque un galan, que la servia, se era casado. Finalmente la Glossa á una Cancion que hizo Mossen Jordi de Sant Jordi en lengua valenciana, que dice así:

Esperanza res (1) nom dona

á ma pena comportar,
l'ora que vinch á pensar,

qui ofen nunca perdona.

Cerdá, en el lugar citado, pone una décima valenciana de Mossen Crespí, alabando á la siempre leal villa de Morella, que dice:

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Como la germanía se acabó en 1521, y la décima hace relacion al porte fiel de Morella en aquel tiempo, fijamos á su autor en el de 1522.

D. SERAFIN DE CENTELLES (2).

Fue el segundo conde de Oliva, hijo de D. Francisco, primer conde, segun consta del testamento de este, recibido por Antonio Barrera, á 11 de Enero de 1480. Casó con Doña Magdalena de Proxita, y murió en Oliva á 16 de Enero de 1536, sin dejar sucesion; por lo que heredó el condado y estados D. Francisco Gilabert de Centelles, su sobrino, hijo de su difunto hermano D. Cherubin Juan, como lo acredita la declaracion de la sucesion de dichos bienes, obtenida ante el justicia civil de Valencia á 20 de Diciembre de 1549.

Juan Bautista Agnesio ó Anyes (en lemosin) en su apologia in defensionem virorum illustrium equestrium, bonorumque civium valentinorum civilem valentini populi seditionem, quam vulgo Germania olim apellarunt. Valencia por Juan Baldovino y Juan Mey en 1543, en 4.o, fol. 18, alaba á D. Serafin, y cntre otras cosas dice: Certe si animis, si animi dotibus, non parente, non avo

(1) En el Cancionero se halla escrita así: Esperanza res non dona, à ma pena confortar; pero malamente, porque el sentido es: nada me da esperanza de sufrir mi pena, cuando me pongo á pensar.

(2) Año 1536.

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