Manual de reales ordenes de generalidad para el gobierno de la armada

Capa
M. Campo-Redondo., 1863 - 833 páginas
 

Palavras e frases frequentes

Passagens conhecidas

Página 26 - Por tanto mandamos á todos los tribunales, justicias, jefes, gobernadores y demás autoridades, así civiles como militares y eclesiásticas, de cualquiera clase y dignidad, que guarden y hagan guardar, cumplir y ejecutar la presente ley en todas sus partes. Tendréislo entendido para su cumplimiento, y dispondréis se imprima, publique y circule.
Página 384 - Doña Isabel II por la gracia de Dios y la Constitución de la monarquía española reina de las Españas, á todos los que las presentes vieren y entendieren, sabed que las cortes han decretado y nos sancionado lo siguiente : Artículo único.
Página 350 - Excmo. Sr.: El Sr. Ministro de la Guerra dice hoy al Director general de Infantería lo siguiente...
Página 392 - El que se sintiere agraviado en sus derechos por alguna resolucion del Gobierno ó de las direcciones generales que cause estado , podrá reclamar contra ella en la via contenciosa, proponiendo su demanda ante el Consejo de Estado.
Página 284 - ... escudo como las demás del Estado, ó sin él; impuesta SM y de conformidad con el parecer de la Junta consultiva de la Armada, se ha dignado resolver: que la...
Página 390 - Respecto á las reclamaciones á que den lugar las resoluciones particulares de los Ministros de la Corona en los negocios de la Península y Ultramar.
Página 394 - Secciones creyere conveniente oir á Consejeros de las otras, ó á cualquiera de los Jefes de la Administración pública , profesor ú otro funcionario , ó particular de especiales conocimientos ó...
Página 26 - Si el fallecimiento ocurre en funcion de guerra ó de resultas de heridas recibidas en actos del servicio, se considerará devengado todo el tiempo del empeño para los efectos hereditarios, abonándose de consiguiente por el fondo de redenciones la cantidad total: si la defuncion proviene de enfermedad natural, se contraerá el derecho al tiempo servido. Art. 28. Los empeños de toda clase contratados hasta el dia continuarán sujetos á las condiciones reglamentarias de la fecha en que se formatizaron.
Página 497 - ... de menos de cuatrocientas toneladas, en la Península y en sus posesiones ultramarinas : enterada SM y habiéndose dignado oir el dictamen del Consejo de Estado, así como los informes de las Juntas Consultiva y Directiva de la Armada y de conformidad con el parecer del Consejo de Ministros, ha tenido á bien resolver, que una vez establecida por la ley de 17 de Julio de 1849 la libre adquisición de buques de vela de más...
Página 277 - Ultramar, y de acuerdo con el parecer del Consejo de Ministros, Vengo en decretar lo siguiente: Art. 1.°...

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