Reglamento interior de la Camara de diputados ...

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Imprenta nacional, 1887 - 48 páginas
 

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Palavras e frases frequentes

Passagens conhecidas

Página 43 - ... corporación para funcionar, o resolver, i el número de personas de que conste, o que en casos determinados la compongan no admitiere división...
Página 43 - ... división exacta por tres o por cuatro respectivamente, se observará la siguiente regla: la fracción que resulte, después de practicada la correspondiente operación...
Página 19 - ... de policía .de salubridad y las que se dictaren para mantener espedito el tránsito por los caminos del departamento o territorio municipal. Las mercedes o permisos para sacar agua de un rio o estero corresponden al jefe del departamento en que el saque o toma haya de establecerse...
Página 6 - Senador que sobre el asunto de que se trata quiera tomar la palabra; cuidar de la exactitud en el cómputo de los votos que bajo su inspección hará el Secretario, y...
Página 16 - Procurador para que entable la correspondiente accion ante los tribunales, el inspector de fondos municipales. De la misma manera se hará efectiva la responsabilidad de los que concurran a calificar una fianza a favor de los intereses municipales, si al tiempo de admitirla el fiador no hubiese tenido responsabilidad bastante.
Página 13 - Toda enajenación o arrendamiento de bienes raices o de ramos de entradas i arbitrios, toda obra o trabajo cuyo importe pasare de quinientos pesos, i, en jeneral, todo contrato o negocio sobre bienes municipales, deberá hacerse en subasta pública. Solo podrá omitirse ésta, cuando la naturaleza del contrato lo impida, como en la permuta. Art.
Página 13 - Los predios rústicos podrán ser dados en arrendamiento hasta por ocho años, los urbanos hasta por cinco i los ramos de entradas hasta por tres. Los contratos o permisos que otorguen el uso de las calles o plazas no podrán durar mas de diez años.
Página 18 - Art. 83. Para los simples acuerdos de la Cámara que no tienen el carácter de proyectos de lei o de decreto, bastará una discusion, a ménos que algun Diputado solicitare segunda. TÍTULO VII DE LAS DISCUSIONES Art. 84. Todo proyecto de lei o de decreto que se sometiere a la Cámara, deberá presentarse por escrito en los mismos términos en que se quiere sea aprobado por ella.
Página 21 - Tambien puede la Cámara remitir de nuevo el proyecto a Comision para que se redacte con arreglo a las indicaciones que hayan prevalecido en la Sala.
Página 4 - ... 6.° Cuidar de la reparacion y mejora de los caminos interiores del departamento o territorio municipal con sus propios fondos, con los que se asignen del tesoro público, o arbitrando los medios para repararlos y conservarlos.

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