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COMENTARIO Á LA CONSTITUCIÓN

DE LA

NACIÓN ARGENTINA

POR EL

DR PERFECTO ARAYA

CON UN PRÓLOGO DEL Dr. JOAQUIN LEJARZA

BUENOS AIRES

Libreria "La Facultad" de Juan Roldán - Florida 418

1908

PRÓLOGO

Nuestra literatura constitucional acaba de enriquecerse con la publicación del presente comentario, basado en los antecedentes históricos, en los principios de la ciencia politica y en la jurisprudencia de los tribunales. La interesante publicación del Dr. Araya ha venido á llenar un vacío, ilustrando el comentario de la Carta fundamental con el estudio de los debates legislativos y de las luchas intestinas que la precedieron, siguiendo las huellas luminosas trazadas por los grandes comentadores Estrada, Del Valle, González, Montes de Oca y Vedia.

La Constitución Argentina está basada en el proyecto. de constitución de los Estados Unidos, el cual, según las palabras del miembro informante, Dr. Gorostiaga, encierra el único modelo de verdadera federación que existe en el mundo. Desgraciadamente, su aplicación en la práctica constituye un anhelo jamás realizado, porque el principio fundamental de la soberanía del pueblo ha sido con raras excepciones suplantado por la voluntad ó el capricho de los gobiernos. Todas las garantías y derechos se encuentran solemnemente consagrados; y en el afán de proclamar los principios más generosos y altruistas, el preámbulo es coronado con un llamamiento lírico á todos los hombres del mundo, que quieran habitar el suelo argentino, sin tener en -cuenta los peligros materiales de la inmigración negra

ó amarilla, que constituyen un pavoroso problema en losEstados de la América del Norte.

Tenemos, pues, la organización política más perfecta, el establecimiento de poderes ponderados, la condenación de posibles dictaduras y la prohibición terminante de invadir los derechos y libertades públicas, mediante leyes que reglamenten su ejercicio. Teóricamente, no hay peligro de que se produzca entre nosotros la mistificación política consentida en la Constitución de Bolivia de 1851, en la cual las leyes reglamentarias podían anular la fundamental, atribuyendo al Presidente la facultad enorme de declarar en peligro la patria y de asumir las facultades extraordinarias por el término que se le antojara.

Pero la teoría sigue permanentemente desmentida por la más dolorosa realidad: las agrupaciones políticas desorganizadas; los partidos opositores obligados á vivir en la abstención y sin otro recurso que la conspiración y la lucha armada; la mentira convencional de las elecciones libres, y de vez en cuando, la invitación sarcástica á bajar de los balcones al campo. cerrado del comicio; el ostracismo politico de los ciudadanos, que sólo pueden servir á su país, alistándose en las filas oficiales ó celebrando acuerdos..... ¿Qué nos queda en este naufragio de las instituciones? Nos queda la riqueza del suelo y el engrandecimiento material: pero el pueblo es un huésped en su propia casa, sin participación alguna en los negocios públicos, sin tomar parte ni en la celebración de los aniversarios patrios y sin otro derecho que el de pagar los impuestos y exorbitantes gabelas que lo abruman. Hasta los sentimientos más nobles y altivos se van debilitando por el torpe sensualismo de nuestros gobernantes, no faltando quienes, dominados por un cansancio cobarde, se permitan cavilar si el triunfo de las invasiones inglesas no hubiera importado un beneficio incalculable

para el progreso del país. ¡Non bene pro toto libertas venditur auro!

La República Argentina ocupa un lugar privilegiado en el mundo: regida por los principios más adelantados de la legislación moderna, con un suelo admirable, santificado por el sudor de las generaciones, según la conocida expresión de Avellaneda, con su riqueza inagotable, desarrollándose aún bajo el imperio del régimen económico más absurdo y del proteccionismo más exagerado, sin los graves problemas del pauperismo y de los conflictos sociales, con una inmigración expontánea, que se incorpora fácilmente á la nacionalidad, sólo necesita para llenar sus luminosos destinos. un cambio radical en las prácticas políticas, el respeto leal de las instituciones y el convencimiento en los gobiernos de que la fórmula alberdiana debe ser reemplazada por esta otra: gobernar es someterse al imperio de las leyes, respetando las libertades públicas y manejando escrupulosamente la renta fiscal, sin el odioso proteccionismo, que establece un privilegio en favor de determinadas regiones y viola indirectamente la igualdad de los impuestos y sin la permanente comedia de un sistema federal, que solo es tal en la forma y en los presupuestos, sin ninguna de las ventajas que lo han hecho considerar como la última palabra del derecho político.

El espíritu público está muerto. No se concibe una República sin ciudadanos, sin la sanción definitiva del comicio, sin la gestión de los intereses públicos en las luchas fecundas de la democracia. La razón pública y la gravitación de los intereses conservadores impiden el entronizamiento de tiranías, siendo un acto de justicia reconocer que los derechos privados se respetan y que mientras las personas no pretendan mezclarse en la marcha del gobierno gozan de plena libertad en el ejercicio de los derechos civiles; pero es un hecho doloroso que el mecanismo institucional no funciona en parte

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