Boletín bibliográfico español, Volume 5

Capa
las escuelas Pias, 1864
 

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Palavras e frases frequentes

Passagens conhecidas

Página 204 - Las obligaciones de las recompensas de los beneficios y mercedes recibidas, son ataduras que no dejan campear al ánimo libre. ¡ Venturoso aquel á quien el cielo dio un pedazo de pan, sin que le quede obligación de agradecerlo á otro que al mismo délo!
Página 173 - ministro de la Gobernación, Antonio Cánovas del Castillo. Doña Isabel II, por la gracia de Dios y la Constitución de la monarquía española, Reina de las Españas. A lodos los que las presentes vieren y entendieren,
Página 130 - Biblioteca de los escritores que han sido individuos de los seis colegios mayores: de San Ildefonso de la universidad de Alcalá, de Santa Cruz de la de Yalladolid, de San Bartolomé, de Cuenca,
Página 108 - HISTORIA de la conquista de México, población , y progresses de la America Septentrional, conocida por el nombre de Nueva España. Escrivióla Don Antonio de Solis, Secretario de Su Magestad , y su coronista mayor de las Indias. Nueva edición,
Página 30 - por el término de cinco años, contados desde la fecha en que se haga la primera publicación de la traducción de su obra, autorizada por él, del privilegio de protección contra la publicación en el otro pais de cualquiera traducción de su obra que el autor no haya autorizado con las condiciones siguientes:
Página 32 - posible. En fe de lo cual los Plenipotenciarios respectivos lo han firmado por duplicado y puesto en él el sello de sus armas. En Madrid á siete de Julio del año de Nuestro Señor mil ochocientos cincuenta y siete.
Página 31 - 10. Con el objeto de facilitar la ejecución del presente Convenio, las dos Altas Partes Contratantes se obligan á comunicarse mutuamente las leyes y reglamentos que puedan establecerse en lo sucesivo en sus respectivos territorios, con relación al derecho de propiedad literaria sobre las obras ó producciones protegidas por las estipulaciones del presente Convenio.
Página 32 - Art. 13. El presente Convenio se pondrá en ejecución lo mas pronto que sea posible después del canje de las ratificaciones. Se dará previo aviso en cada país, por el Gobierno del mismo, del dia señalado para que empiece á regir, y las disposiciones del Convenio serán aplicables solamente á las obras
Página lix - por el Excmo Sr. D. Javier de Burgos, caballero gran cruz de la real y distinguida orden de Carlos III y de la americana de Isabel la Católica
Página 32 - con otros Estados, estén declarados ó se declaren como fraudulentos, ó infrinjan el derecho de propiedad literaria. Este Convenio continuará vigente por espacio de seis años, á contar desde el dia en que empiece á regir; y si doce meses antes de espirar el referido término de seis años, ninguna de

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