Colección legislativa de España: (Continuación de la Colección de decretos.), Volume 35Imprenta del Ministerio de gracia y justicia, 1846 |
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Palavras e frases frequentes
12 de Agosto 15 de Junio 17 de Setiembre 23 de Mayo actual ademas administracion administraciones Alabarderos alumnos aprobacion Aprobando aranceles arreglo asignaturas audiencias autorizacion ayuntamientos cargo catedráticos cion clase comandante Consejo contribucion conveniente corresponda correspondientes cursantes curso deben decano demas derechos despacho despues digo á V. S. Direccion director disposiciones ejecucion ejercicios enseñanza Enterada S. M. escuela establecimiento exámen examinadores expedientes expresado extrangero facultad facultades filosofía franqueo gastos gefe político Gobernacion GRACIA Y JUSTICIA grado Guardias Hacienda hallen hubieren instituto Instruccion pública inteligencia y efectos intendente jueces Lengua griega Madrid Mandando matrícula Ministerio Ministro número obras oficiales órden lo digo pago Pedro José Pidal Península Pidal podrán porteo presente presupuesto profesores provincia provinciales Ramon María Narvaez Real decreto Real órden recaudadores rector regente reglamento Reina remitirá respecto secretario segundo Señalando serán servicio Setiembre de 1845 siguientes sueldo tambien tículo título TOMO XXXV tribunales último universidad
Passagens conhecidas
Página 12 - ley. Por tanto mandamos á todos los Tribunales, Justicias, Gefes, Gobernadores y demás Autoridades, así civiles como militares y eclesiásticas, de cualquiera clase y dignidad, que guarden y hagan guardar la presente ley en todas sus partes.
Página 462 - conferir?» El graduando contestará: «Sí juro» y el presidente dirá: «Si así lo hiciereis, Dios os lo premie; y si no, os lo demande.» Acto continuo el graduando se •acercará al presidente, que
Página 86 - caballero gran cruz de la Real y distinguida orden española de Carlos III, caballero de primera clase de la Real y militar orden española de San Fernando,
Página 259 - de darse por La alta interposición de SM Católica, en prueba del deseo que la anima de que se cimenten sobre principios de justicia y beneficencia la estrecha amistad, paz y unión que desde ahora en, adelante y para siempre han de conservarse entre los
Página 259 - 3.° SM Católica y la República de Chile se convienen en que los subditos y ciudadanos respectivos de ambos países conserven expeditos y libres sus derechos para reclamar, y obtener justicia y plena satisfacción de las deudas
Página 262 - sus funciones, disfrutarán de las franquicias, privilegióse inmunidades de que se hallen en posesión los de igual clase de la nación mas favorecida, y de las que se estipularen en el tratado de comercio que ha de celebrarse entre las Partes contratantes.
Página 89 - se cangearán en Lisboa en el plazo de dos meses, contados desde su fecha, ó antes si ser pudiese. En fe de lo cual los respectivos plenipotenciarios han firmado el presente
Página 261 - ó armada ni al de la Milicia nacional: estarán exentos igualmente del pago de toda carga, contribución extraordinaria ó préstamo forzoso; y en los impuestos ordinarios que satisfagan por razón de su industria, comercio ó propiedades, serán tratados como los subditos de la nación
Página 18 - Atendiendo á las razones que me ha expuesto mi Consejo de Ministros, vengo en decretar lo siguiente: Artículo 1.° Se declaran comprendidos en la calificación del artículo 35 del Real decreto de 10 de Abril de 1844: 1.° Los impresos contrarios al principio y forma de Gobierno establecido en la Constitución del Estado cuando tienen por objeto excitar
Página 259 - guerras y disensiones felizmente terminadas por el presente tratado en todo el tiempo de ellas y hasta la ratificación del mismo. > .. : ,Y esta amnistía se estipula y lia de darse por La alta interposición de