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en su sala, examinan y absuelven ó condenan. Y¡ que diferencia! alli existe una constitucion antigua bien afianzada, árbol revejecido y de siglos que contrasta á violentos huracanes; mas aqui todo era tierno y nuevo, y cañaveral que se doblaba aun con los vientos mas

suaves.

era

En la misma sesion del 15 dieron cuenta los diputados de las comisiones nombradas de haber cumplido con su encargo. Los que fueron á la secretaría de gracia y justicia encontraron la exposicion del obispo de Orense, altanera en verdad y ofensiva; pero que no otra sino la que presentó aquel prelado á las córtes en 3 de octubre de 1810, de la cual hicimos mencion en el libro XIH. Los que se encaminaron al consejo no descubrieron la consulta de que se trataba, y solo sí tres votos contra ella de los scñores que habian disentido, y eran Don Jose Navarro y Vidal, Don Pascual Quilez y Talon y Don Justo Ibar Navarro. Estaba encargado de extender la consulta el conde del Pinar, quien dijo haberla destruido de enojo, porque cuando la presentó al consejo le habian puesto reparos algunos de sus compañeros hasta en las mas mínimas expresiones. Irritò la disculpa, y pocos dieron á ella asenso, creyendo los mas que dicho documento se habia inutilizado ahora y despues del suceso. Con su desaparecimiento y lo que resultaba de los votos de los tres consejeros que discordaron, encrespòse el asunto, y se agravó la suerte de los de la consulta, habiéndose aprovado dos proposiciones del conde de Toreno concebidas en estos términos: 1a Que se suspendiesen los individuos del consejo real que habian << acordado la consulta de que hacian mérito los votos particulares « de los ministros Ibar Navarro, Quilez Talon y Navarro Vidal; << remitiendo estos votos y todos los papeles y documentos que « tuviesen relacion con este asunto al tribunal que iba á nombrar << el congreso para la causa de Don Miguel de Lardizabal. 2a Que <«< mientras tanto entendiesen en los negocios propios de las atri«buciones del consejo los tres individuos que se habian opuesto «< á la consulta, y los ausentes que hubiesen venido despues y se «hailasen en el ejercicio de sus funciones. >>

Golpe fue este que achocó á los enemigos de las reformas, viendo caido á un cuerpo gran sustentáculo á veces de preocupaciones y malos usos. En todos tiempos, á pesar de la censura que tapaba los labios, han clamado los españoles, siempre que han podido, contra las excesivas facultades de los togados y sus usurpaciones. « Amigos (decia de ellos* Don Diego Hur- (* Ap n. 10.)

tado de Mendoza) de traer por todo, como supe

«<riores, su autoridad. » Y despues mas cercano á nuestros dias (en los de Felipe V) Fr. Benito de la Soledad *, que (* Ap. n. 11.) ya tuvimos ocasion de citar, afirmaba que... « todos

<< los daños do la monarquía española habian nacido de los togados..., Ellos (continua dicho escritor) han malbaratado los mi

TOMO III.

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<«<llones y nuevos impuestos...... Ellos han quitado la autoridad á <«< todos los reinos de la monarquía, y desvanecídoles las córtes...... Y mas adelante; «los togados deben limitarse a mantener y ejer«citar la justicia sin embarazarse en tales dependencias.... Sala de gobierno (añade) en los togados es buena para que nunca le haya con atilidad ni decencia; pues esto pertenece á estadis<«tas..... » Omitimos otras expresiones harto duras, y quizá algo apasionadas. Por lo demas admira que en principios del siglo XVIII se tuviesen ideas tan claras sobre varios de los males administrativos que agobiaban á España, y sobre la necesidad de separar la parte gubernativa de la judicial. Ahora el descrédito del consejo y la oposicion á sus providencias se habian aumentado con la conducta equívoca é incierta que habia seguido aquel cuerpo al momento de levantarse las provincias del reino, y su conato en atacar á estas y contrariar casi todas las reformas que emanaban de aquella fuente.

paña vindicada.

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Papel de la Es No paró aqui negocio tan importante: si bien enfadoso. Imprimíase entonces en Cádiz en la oficina de Bosch un papel intitulado: «España vindicada en sus clases y gerarquias, el cual se presumia tener enlace con lo que en la actualidad se trataba; por lo que en el mismo dia 15 extendió una proposicion el señor Garcia Herreros, de cuyas resultas se remitieron á las córtes dos ejemplares impresos de dicho escrito con el original. Era esta produccion una larga censura de todos los procedimientos del congreso, en la que el autor, aunque á cada paso y en tono suave afirmaba ser hombre sumiso y obediente a las córtes, excitaba contra ellas á los clérigos y á los nobles que decia injuriados por no haberse admitido los estamentos; añadiendo que no podian las mismas entender sino en negocios de guerra y lacienda para rechazar al enemigo. Sonaba y se decia autor del papel Don Gregorio Vicente Gil, oficial de la secretaria del consejo y cámara: pero asegurábase y luego se probó que el verdadero autor era Don José Colon, decano del consejo real. Por eso, mirando el asunto como conexo con el de esta corporacion y con el de Lardizábal, se pasó el 2 del propio octubre un ejemplar impreso con el original manuscrito al tribunal especial que iba á entender en las otras dos causas.

Trtbunal especial para enten

der en estos negocios.

Habia sido aquel nombrado el 17, escogiendo las cértes de entre los doce sugetos propuestos por la comision; cinco jueces y un fiscal. Fueron los primeros Don Toribio Sanchez Monasterio, Don Juan Pedro Morales, Don Pascual Bolaños de Novoa, Don Antonio Vizmanos y Don Juan Nicolas Undaveytia, y el último Don Manuel María Arce. Prestaron todos juramento ante las cortes, y consideróse dicho tribunal como supremo dispensándole, el tratamiento de alteza.

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Tavo el negocio insidentes muy desagradables, Esposicion de siendo el campo de lides del partido reformador, y decano del condel antireformador. Dió lugar á varias discusiones una sejo. representacion del mencionado decano del consejo Don José Colon, en la que «<sometiéndose como individuo á comparecer aute el tri<«<bunal especial, pedia como persona pública la venia mas atenta, << para que el juicio y cuanto se obrase en el fuese y se entendiese << con la reserva de esponer (por sí, si vivia, ό por el que le suce« diese) á las córtes presentes y futuras cuanto conviniese á su alto cargo y á su tribunal. » Algunos diputados miraron dicha esposicion como ambigua y como una protesta anticipada de las reformas judiciales de la constitucion. Pidiéronse al Don José esplicaciones acerca del sentido; diólas, y no satisfaciendo con ellas, dijo el señor García Herreros: « Todo individuo de la sociedad « tiene derecho para representar al soberano cuanto le parezca. « En sustancia esa venia que Don José Colon pide no es para re<< presentar lo que le convenga, , ya sea antes ó despues de la sen<< tencia? Pues ¿ á quién ha negado la ley ni las córtes el que acuda « á hacer presente lo que juzgue útil y preciso á su derecho?....., << Asi que (concluyó manifestando el señor García Herreros) yo « no comprendo á que es pedir esa venia, y me parece inútil con«< cederla. My dictámen pues es que se diga que use de su derecho « y nada mas. » A esto respondió el señor Gutierrez de la Huerta : <«< que segun el derecho español era necesario para instaurar un << recurso estraordinario al soberano, pedir antes la venia, y que siendo estraordinario el tribunal creado, podian ocurrir << casos en que los acusados tuviesen que usar de este medio, por lo que justamente el decano del consejo pedia dicho permiso para « ocurrir á las córtes siempre que él ó sus compañeros se sintiesen << agraviados.» Práctica forense esta no aplicable al caso, poco muy usada y ciara: por lo que con razon espreso Don Juan Nicasio Gallego que no era fácil desenmarañarla, sobre todo << cuando los señores jurisperitos, que ademas del estudio tenian << la práctica del foro y estrados, hablaban con tanta variedad en << el negocio. »

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ni tam

Fuese este enredando cada vez mas: y enardeciéndose las pasiones se llegó al estremo de que las galerías hasta entonces tranquilas, y que escuchaban con respetuoso silencio las demas descusiones, tomaron parte y se escedieron.

Desagradable

ocurreucia con

liente.

Creció el desasosiego el 26 de octubre en cuyo dia continuó el debate, dando ocasion á ello un discurso pronunciado por Don Jasé Pablo Valiente. Tenia el el diputado Vapueblo de Cádiz contra este diputado antigua ojeriza, que habia empezado ya en 1800, por atribuirsele la introduccion alli de la fiebre amarilla volviendo de ser intendente de la Habana. La acusacion era infundada; y en todo cato, culpa hubiera sido

.

mas bien que suya de las autoridades de la ciudad. Odiábanle tambien porque patrocinaba el comercio libre con América á causa de sus relaciones y amistades en la isla de Cuba; pues aquel diputado, enemigo constante de las reformas, sostenia esta con fuerza, al paso que los vecinos de Cádiz muy adictos á todas las otras, era la sola á que se oponian como interesados en el comercio esclusivo. Tanto influjo tienen en nuestras determinaciones las miras privadas. Valiente ademas asistia poco á las córtes, y sabíase que era el único individuo de la comision de constitucion que habia rehusado firmar el proyecto. Motivos todos que aumentabanla aversion hácia su persona, y por lo que debiera haber procedido con mucha mesura. Mas no fue asi ; y acudiendo inopinadamente á las córtes, púsose luego á hablar, usando de espresiones tales que presumieron los mas ser su intento excitar al desórden, medio, segun prevenia el reglamento, la sesion pública en secreta. Confirmóse la sospecha cuando se vió que Valiente al primer leve murmullo de las galerías reclamó el cumplimiento de aquel artículo reglamentario: con lo cual indispuso aun mas los ánimos, y á poco los irritó del todo, añadiendo que entre los circunstantes habia intriga; y tambien, segun oyeron algunos, gente pagada. Palabras que apenas las pronunció, causaron bulla desorden en términos y que el presidente alzó la sesion pública á pesar de vivas reclamaciones del señor Golfin y conde de Toreno.

convenir

por

este

Permanecieron sin embargo los espectadores en las galerías, y aunque despues las evacuaron, mantuviéronse en la calle y puertas del edificio. Cundió en breve el tumulto á toda la ciudad, y se embraveció el divulgarse que era Valiente la causa primera de aquel disgusto. De resultas cesaron las córtes en la deliberacion pública y secreta del asunto pendiente, y solo pensaron en tomar precauciones que preservasen de todo mal la persona del diputado amenazado. A este fin vino á la barandilla el gobernador de la plaza Don Juan María Villavicencio, quien respondió de la seguridad individual del Don José Pablo; mas atemorizado este, no quiso volver á su casa y pidió que se le llevase al navío de guerra Asia fondeado en bahía. Hubo de condescenderse con sus deseos, y puesto á bordo mantúvose alli y despues en Tánjer muchos meses por voluntad propia, pues era medroso y de condicion indolente; aunque, segun mas adelante veremos, no permaneció en su retiro desocupado, procurando sostener y fomentar sus conocidas máximas y principios. Por lo demas ei lance ocurrido, doloroso y de perjudicial ejemplo, si bien fue provocado por la indiscrecion y temeridad de Valiente, dió armas á los que despues quisieron quejarse de falta de libertad.

Curso y final Pero de pronto amilanáronse los enemigos de las término de estos reformas, y Don José Colon mismo desistió de sus negocios. peticiones, las que sin embargo pasaron al tribunal

especial. Siguieron en esto todos sus trámites las causas encomendadas á su exámen y resolucion. Lardizábal llegó de Alicante al principiar noviembre, y arrestado en Cádiz en el cuartel de San Fernando, hizo á las córtes varias representaciones procurando sincerar su conducta y escritos. Duraron meses estos negocios. El de la España viudicada empantanóse con una calificacion que en su favor dió la junta suprema de censura, en oposicion á otra de la, de provincia, escediéndose aquella de sus facultades. A los consejeros procesados, catorce en número, absolviólos de toda culpa en 29 de mayo de 1812 el tribunal especial. Menos dichoso el señor Lardizabal pidió contra él el fiscal la pena de muerte, y el tribunal, si bien no se confirmó con dicho parecer, condenó al acusado en 14 de agosto del propio año « á que saliese expulso de todos. « los pueblos y dominios de España en el continente, islas adya«centes y provincias de ultramar, y al pago de las costas del pro༥ ces0., mandando que los ejemplares del manifiesto se quema sen « públicamente por mano del verdugo. » Apeló Lardizabal del fallo al tribunal supremo de justicia, ya entonces establecido; el que en sala 2a revocó y anuló la anterior sentencia, que confirmó despues en todas sus partes la sala 1a en virtud de apelacion que hizo el fiscal del tribunal especial. Finalizaron asi tan ruidosos. asuntos, en los que si hubo calor y quizá algun desvio de autoridad dejáronse por lo menos á los acusados todos los medios de defensa; formando en esto contraste con los inauditos atropellamientos que ocurrieron despues al restaurarse el gobierno absoluto.. Volviendo poco á poco del asombro el partido antiliberal, causó á su contrario nuevas turbacioces, naciendo la primera de querer poner al frente de la de la regencia á regencia á una persona real. Hemos visto en el curso de esta historia los príncipes que en diversas ocasiones reclamaron sus derechos á la corona de España, ó. solicitaron tomar parte en los actuales acontecimientos. No disminuyeron despues los pretendientes á pesar de la situacion mísera y atribulada de la península, teniendo abogados hasta la antigua casa de Saboya, cuyo príncipe reinante moraba en la isla de Cerdeña, viviendo en macho retiro, y habiéndole casi olvidado el mundo. Mas sobre todos reunia poderoso número de parciales la infanta Doña María Carlota, de la que poco hace hablamos. Queríanla los anti-reformadores como apoyo de sus pensamientos. Queríanla los antiguos palaciegos, y participaban tambien del mismo deseo muchos liberales ausiosos de incorporar el reino de Portugal á España. Pero de los últimos, los mas eran opuestos á la medida; pues aunque partidarios como los otros de la union de la península, no estimaban, prudente por un bien lejano é incierto aventurar ahora el inmediata y nas seguro de las libertades públicas; persuadidos de que el, bando contrario á ellos adquiriria notable fuerza con la ayuda y

Manejos para poner al frente

linfauta Doña Maria Carlota.

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